Las conclusiones del informe Due Diligence

El profesional encargado de llevar a cabo la due diligence, deberá plasmar en un informe final todo aquello que realmente haya comprobado a través del análisis de todos los documentos solicitados a la empresa auditada. De tal manera que, se trata de un paso previo a cualquier operación de adquisición, absorción o fusión de empresas que, de forma resumida pero extensa y yendo al detalle, se unan todos estos documentos a efectos de ofrecer una perspectiva global y conjunta de cómo funciona la empresa, en qué estado se encuentra y hacia donde se dirige.

En función de las distintas áreas de trabajo que se diseñen por el profesional al inicio del servicio, el informe de due diligence habrá de estructurarse de una manera u otra. En cada área de trabajo debe dejarse constancia de la información recibida y contrastada y de la opinión profesional que conlleva esa información. Por ello, conviene destacar la contingencia que exista, así como las consecuencias jurídicas y la cuantificación del riesgo que implica, así como las actuaciones necesarias para regularizar la situación en aras de una posible actuación inspectora futura.

Con todo ello, la due diligence debe ser un instrumento útil para la empresa solicitante, ya que supone una herramienta clave para contemplar la situación jurídica en que se encuentra. De ahí la importancia de la contratación de un profesional experto en la materia, que refleje de manera clara e inequívoca las contingencias existentes, así como las consecuencias jurídicas que de ellas se derivan que puedan afectar a la viabilidad de la empresa o bien al precio y a las garantías de la operación societaria.

Es necesario hacer hincapié en el hecho de que la realización de un informe de due diligence no viene determinado por imperativo legal, no obstante, siempre será positivo tener uno actualizado para poder disponer de él cuando sea necesario.

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