Examen de la «Ley Crear y Crecer». Novedades y ventajas para el emprendimiento y, las pequeñas y medianas empresas

Con el fin de orientar los fondos destinados por Europa a reparar los daños causados ​​por la crisis del COVID-19, el pasado 29 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 18/2022, también conocida como “Ley Crear y Crecer”.

En conclusión, el objetivo principal de la norma es facilitar la puesta en marcha de empresas y apoyar su expansión mediante la eliminación de barreras de carácter regulatorio y financiero, la implementación de medidas para disminuir la morosidad comercial y el fomento de la financiación a través de alternativas y plataformas como, entre otras cosas, el crowdfunding.

Por el contrario, es fundamental apoyar a los emprendedores en una nación donde las pymes y los trabajadores autónomos conforman el 99% del tejido productivo. Estos trabajadores enfrentan una competencia cada vez mayor y enfrentan más desafíos cada día que ventajas para mantener la viabilidad de sus negocios.

Pero en realidad, ¿qué implican las métricas principales de este estándar y qué ventajas brinda a los empresarios?

El primer conjunto de medidas reduce el requisito de capital social mínimo para las sociedades de responsabilidad limitada de 3.000 euros a 1 euro, simplificando el proceso de creación de nuevas empresas. Sin embargo, en caso de que no se efectúe el pago de las obligaciones sociales de la entidad, se regulan una serie de garantías legales, especialmente encaminadas a la protección de los acreedores. Recuerda que el capital social sirve como garantía frente a terceros en caso de que no tomemos medidas.

Además de lo anterior, la reforma facilita la creación de una constitución electrónica a través de una ventanilla única integrada por el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE)y se pueden realizar otros trámites requeridos por la misma ruta, para el inicio de la actividad, tales como la presentación de censos fiscales o la presentación del alta de directivos y empleados en los sistemas de Seguridad Social.

Adicionalmente, se añaden obligaciones de notificación a notarios e intermediarios, así como requisitos de disponibilidad y capacidad para llevar a cabo la constitución de sociedades limitadas por este medio. Estos requisitos se consideran obligaciones necesarias para la implementación de estas medidas.

La ley pretende aumentar la rapidez y agilidad de estos procesos, que actualmente tienen una media de 12,5 días (una de las medias más altas de la Unión Europea), acortando sus plazos y rebajando los gastos notariales y registrales que se imponen en situaciones en las que los instrumentos estandarizados se utilizan, costos y procesos que en la actualidad desalientan a los potenciales empresarios.

El reglamento también considera la ampliación de actividades que se encuentran exentas de licencia previa de actividad, como las empresas dedicadas a estudios de mercado o la colocación y suministro de personal, con el fin de mantener la misma temática y remover las barreras administrativas que impiden el crecimiento.

Por otro lado, los retrasos excesivos en los pagos siguen siendo habituales en las operaciones empresariales, y las PYME en particular deben asumir los costes financieros y de inversión asociados a los mismos, que en ocasiones provocan que se acabe la liquidez de la empresa.

La ley, para combatir esta delincuencia comercial, refuerza el uso de la factura electrónica, que facilita el control y la trazabilidad de los pagos, e incluye la obligación de las grandes empresas en su informe anual de cuentas, no solo de indicar el periodo medio de pago a proveedores, si no el volumen monetario y número de facturas pagadas en un plazo inferior al máximo establecido por las normas sobre morosidad.

Así, la normativa sí incluye otras medidas coercitivas, como la imposibilidad de acceder a una subvención pública en caso de incumplimiento de los plazos establecidos en la normativa, si bien no contempla un régimen sancionador que pudiera atajar con mayor severidad este problema. Un informe de morosidad o la publicación anual de una lista de empresas morosas (integrada por las personas jurídicas que no paguen a tiempo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y el importe de sus facturas impagadas supere los 600.000 euros) será realizada por el Observatorio Estatal de Delincuencia Privada, que fue creado ad hoc por reglamento.

Por último, pero no menos importante, se aborda un tema fundamental, como es la mejora del uso de herramientas como el capital riesgo, el crowdfunding y la inversión colectiva.

La Ley, en materia de crowdfunding, responde al deber de implementar la normativa europea, dotando de flexibilidad a estas plataformas encargadas de conectar inversores con personas físicas o jurídicas que necesiten financiación para un proyecto, y permitiendo la prestación de sus servicios en Europa, así como la creación de vehículos para agrupar a estos inversores, como ya se está haciendo en otros estados de la UE. También se aumentan los umbrales de inversión por proyecto (de 2 a 5 millones de euros), y se modifican los topes de inversión específicos de proyecto para inversores minoristas.

Y como las pymes no se basan únicamente en el crowdfunding, la industria del capital riesgo se apoya ampliando los tipos de negocios en los que pueden invertir estas entidades, como entidades financieras con un alto componente tecnológico y permitiendo a las Sociedades Gestoras de Entidades de Inversión de tipo Cerrado. Inversión Colectiva a constituirse bajo el tipo social de Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Es importante implementar las medidas sugeridas y monitorear si hacerlo realmente produce los resultados deseados antes de desmantelar paulatinamente el esquema burocrático que se lleva a cabo actualmente en España.

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