La materialidad o importancia relativa en la auditoría de cuentas
La importancia relativa es un principio recogido en el Plan General Contable, que refleja que la contabilidad debe reconocer y presentar los hechos de acuerdo a su importancia relativa.
En concreto, este principio establece que, es admisible la no aplicación de un principio o criterio contable cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos, sea escasamente significativa, siempre y cuando no se altere la imagen fiel.
Es un principio que obliga al auditor a contemplar las posibles consecuencias que podría tener un hecho concreto, y valorar si es conveniente incluirlo en la información financiera de la entidad.
Básicamente, este principio consiste en valorar la posible relevancia de la información, de forma individual, y desde el punto de vista de quien va a recibir la información contenida en los estados financieros. No es posible considerar ciertos datos como relevantes para cualquier entidad, ya que aquello que es relevante para una entidad, puede no serlo para otra.
En las auditorías, la materialidad se constituye como el grado de error a partir del cual se considera que se altera la imagen fiel de la entidad.
En el transcurso de las auditorías, es extremadamente complicado que se revisen una a una todas las operaciones realizadas, lo que implica que no se puedan detectar la totalidad de los errores. Por ello, para conseguir la eficacia deseada, con la finalidad de asegurar que los errores que no serán detectados sean aquellos que no son relevantes, el auditor debe establecer un nivel de importancia relativa, de tal forma que pueda seleccionar una serie de operaciones que sí deben ser comprobadas.
El nivel de materialidad no se puede establecer de forma fija para todas las auditorías, por lo que debe ser el auditor el que, basándose en su experiencia, califique la información errónea u omitida en función de su relevancia.
El auditor debe valorar si las incidencias detectadas durante la auditoría pueden afectar a las decisiones económicas de los destinatarios de la información, en términos de un usuario razonable, ya que éstos serán los que tomarán futuras decisiones económicas basándose en la información contenida en ellos.
Por último, si el auditor no puede aplicar uno o varios procedimientos de auditoría, o los mismos, no pueden ser practicados en su totalidad, deberá decidir si incluye, o no, en el informe de auditoría, una limitación al alcance en función de la importancia relativa y los riesgos, conforme a su conocimiento de la profesión y la materia. Ante una limitación al alcance, el auditor debe decidir entre denegar la opinión, o emitirla con salvedades, dependiendo de la importancia de la limitación.
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